Art. 6
Notificación
En vigor desde 29 sept 2022
Artículo 6
Notificación
1. Antes de iniciar un procedimiento de infracción conforme al artículo 8, el banco central competente del Eurosistema dará al agente informador interesado un aviso en forma de notificación escrita que comprenda al menos la siguiente información:
a)
la naturaleza de las presuntas infracciones;
b)
que puede iniciarse un procedimiento de infracción y, en caso de iniciarse, imponerse una sanción al agente informador;
c)
que el agente informador tiene la oportunidad de exponer sus razones, incluida la de que las presuntas infracciones son consecuencia de circunstancias ajenas a su control;
d)
que las presuntas infracciones deben corregirse, de no haberse corregido aún, para que se garantice el cumplimiento de las exigencias de información estadística, y
e)
si procede, que el banco central competente del Eurosistema puede aprobar un plan corrector, si se presenta, y que el agente informador debe ejecutarlo.
2. Cuando un banco central competente del Eurosistema observe una falta grave conforme a lo establecido en el artículo 5, apartado 2, se pondrá en contacto por escrito con el agente informador interesado para notificarle como mínimo lo siguiente:
a)
la naturaleza de la falta grave;
b)
que va a iniciarse un procedimiento de infracción y que puede imponérsele una sanción;
c)
que el agente informador tiene la oportunidad de exponer sus razones, y
d)
que el agente informador debe corregir la falta grave para que se garantice el cumplimiento de las exigencias de información estadística y, en su caso, la cooperación efectiva con el banco central competente del Eurosistema, sin dilación.
3. El banco central competente del Eurosistema enviará al agente informador la notificación escrita a que se refieren los apartados 1 y 2 lo antes posible después de ocurrida la presunta infracción o después de que ese banco central competente del Eurosistema se entere de la falta grave. En caso de presunta infracción de exigencias diarias de información, el banco central competente del Eurosistema enviará dicha notificación, siempre que sea posible, antes de que se produzca una acumulación de presuntas infracciones.
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