Art. 1
Definiciones
En vigor desde 27 sept 2022
Artículo 1
Definiciones
A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
1)
«plaga especificada», Thaumatotibia leucotreta (Meyrick);
2)
«frutos especificados», los frutos de Citrus sinensis Pers.
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