Art. 27 · Controles oficiales de las instalaciones de reciclado

Art. 27

Controles oficiales de las instalaciones de reciclado

En vigor desde 15 sept 2022
Artículo 27 Controles oficiales de las instalaciones de reciclado Los controles oficiales de las instalaciones de reciclado y los recicladores incluirán, en particular, auditorías con arreglo al artículo 14, letra i), del Reglamento (UE) 2017/625. Estas auditorías se completarán con lo siguiente: a) una evaluación de los procedimientos de buenas prácticas de fabricación con arreglo al artículo 14, letra d), del Reglamento (UE) 2017/625; b) un examen, con arreglo al artículo 14, letras a) y e), del Reglamento (UE) 2017/625, de la ficha resumen del seguimiento de la conformidad establecida con arreglo al artículo 26 y, sobre la base de esa ficha, de los controles que hayan efectuado los explotadores y de los documentos y registros contemplados en la ficha resumen.
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