Art. 1
En vigor desde 22 ago 2022
Artículo 1
Se autoriza el uso como aditivo para piensos en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo I, perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional de «estabilizadores de la flora intestinal», en las condiciones establecidas en dicho anexo.
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