Art. 1 · Determinación de los componentes P&L larga , P&L corta , Ajuste larga y Ajuste corta para el cálculo de los importes brutos de impago súbito para las exposiciones a instrumentos de deuda y de renta variable

Art. 1

Determinación de los componentes P&L larga , P&L corta , Ajuste larga y Ajuste corta para el cálculo de los importes brutos de impago súbito para las exposiciones a instrumentos de deuda y de renta variable

En vigor desde 11 ago 2022
Artículo 1 Determinación de los componentes P&L larga , P&L corta , Ajuste larga y Ajuste corta para el cálculo de los importes brutos de impago súbito para las exposiciones a instrumentos de deuda y de renta variable 1.   Las entidades determinarán los componentes P&Llarga y P&Lcorta a los que se hace referencia en el artículo 325 quatervicies, apartados 1, 2 y 5, del Reglamento (UE) n.o 575/2013 utilizando las fórmulas siguientes: donde: VA = el valor de mercado del instrumento del que se deriva la exposición para la entidad en el momento del cálculo del importe bruto de impago súbito correspondiente a dicha exposición. 2.   Las entidades determinarán los componentes Ajustelarga y Ajustecorta a los que se hace referencia en el artículo 325 quatervicies, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) n.o 575/2013 utilizando las fórmulas siguientes: donde: VF = el valor de mercado del instrumento del que se deriva la exposición para la entidad, calculado a partir de la hipótesis de que, en el momento del cálculo del importe bruto de impago súbito correspondiente a dicha exposición, el instrumento de deuda estaba en situación de impago y experimentó una tasa de recuperación cero. 3.   Las entidades determinarán los componentes Ajustelarga y Ajustecorta a los que se hace referencia en el artículo 325 quatervicies, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 575/2013 utilizando las fórmulas siguientes: donde: VF = el valor de mercado del instrumento del que se deriva la exposición para la entidad, calculado a partir de la hipótesis de que, en el momento del cálculo del importe bruto de impago súbito correspondiente a dicha exposición, el instrumento de renta variable sufrió una pérdida total de valor.
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