Art. 1
Objeto
En vigor desde 8 ago 2022
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece:
a)
las normas y condiciones detalladas para el funcionamiento de la pasarela para los transportistas y las normas de seguridad y protección de datos aplicables a la pasarela para los transportistas previstas en el artículo 45, apartado 2, del Reglamento (UE) 2018/1240;
b)
un sistema de autenticación que permita a los transportistas cumplir sus obligaciones de conformidad con el artículo 45, apartado 3, del Reglamento (UE) 2018/1240, así como normas y condiciones detalladas sobre el registro en el sistema de autenticación;
c)
detalles de los procedimientos que deben seguirse cuando sea técnicamente imposible para los transportistas acceder a la pasarela para los transportistas, de conformidad con el artículo 46, apartado 4, del Reglamento (UE) 2018/1240.
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