Art. 1
Punto de contacto
En vigor desde 13 jul 2022
Artículo 1
Punto de contacto
La AEVM comunicará a las autoridades competentes los datos de contacto, incluida la dirección electrónica, que se utilizarán para las notificaciones previstas en el artículo 28, apartados 2, y 3 del Reglamento (UE) 2020/1503.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2022:2123:oj#art-1