Art. 3 · Divulgación de información sobre la naturaleza general y las fuentes de los conflictos de interés y las medidas de mitigación

Art. 3

Divulgación de información sobre la naturaleza general y las fuentes de los conflictos de interés y las medidas de mitigación

En vigor desde 13 jul 2022
Artículo 3 Divulgación de información sobre la naturaleza general y las fuentes de los conflictos de interés y las medidas de mitigación 1.   Los proveedores de servicios de financiación participativa publicarán y actualizarán la información a que se refiere el artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2020/1503 en su sitio web en un lugar fácilmente accesible para los clientes. El proveedor de servicios de financiación participativa suministrará dicha información a los clientes en un soporte duradero, a menos que no se haya detectado ningún conflicto de intereses de conformidad con el artículo 8, apartado 4, del Reglamento (UE) 2020/1503, y actualizará dicha información cuando proceda. 2.   La divulgación de información a que se refiere el apartado 1 incluirá una descripción clara y específica de los conflictos de interés y los riesgos asociados detectados en el contexto de un servicio determinado, teniendo en cuenta la naturaleza de los clientes a los que se comunica la información, en particular su calificación como inversores potenciales experimentados o no experimentados.
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