Art. 1
En vigor desde 9 jun 2022
Artículo 1
El período transitorio establecido en el artículo 89, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) n.o 648/2012 se prorroga hasta el 18 de junio de 2023.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2022:1671:oj#art-1