Art. 1

Art. 1

En vigor desde 7 jun 2022
Artículo 1 Se abre una investigación de conformidad con el artículo 13, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/1036 para determinar si las importaciones de accesorios de tubería para la soldadura a tope, de grados de acero inoxidable austenítico, correspondientes a los tipos AISI 304, 304L, 316, 316L, 316Ti, 321 y 321H y sus equivalentes en las otras normas, con un diámetro exterior máximo no superior a 406,4 mm y un espesor de pared de hasta 16 mm, con una superficie interna con una media de rugosidad que no sea inferior a 0,8 micrómetros, sin bridas, acabados o no, clasificados actualmente en los códigos NC ex 7307 23 10 y ex 7307 23 90 procedentes de Malasia, hayan sido o no declarados originarios de Malasia, (códigos TARIC 7307231035, 7307231040, 7307239035, 7307239040), están eludiendo las medidas impuestas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/141.
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