Art. 1

Art. 1

En vigor desde 20 abr 2022
Artículo 1 Se inicia una reconsideración del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1993, de conformidad con el artículo 13, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/1036, al objeto de determinar si las importaciones de tejidos de malla abierta de fibra de vidrio, con unas celdas de un tamaño superior a 1,8 mm, tanto de largo como de ancho, y un peso superior a 35 g/m2, excepto los discos de fibra de vidrio, procedentes de la India, hayan sido declarados o no originarios de la India, actualmente clasificados en los códigos NC ex 7019 63 00, ex 7019 64 00, ex 7019 65 00, ex 7019 66 00 y ex 7019 69 90 (códigos TARIC 7019 63 00 14, 7019 64 00 14, 7019 65 00 14, 7019 66 00 14 y 7019 69 90 14), producidos por Urja Products Private Limited (código TARIC adicional C861), deben someterse al derecho antidumping establecido por el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1993.
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