Art. 3
Cláusula de revisión
En vigor desde 7 abr 2022
Artículo 3
Cláusula de revisión
El 7 de abril de 2026 a más tardar, la Comisión evaluará si las normas y los procedimientos de certificación establecidos en los anexos I y II deben modificarse a la luz de los avances tecnológicos existentes, y con objeto de mejorar de forma continua las condiciones de trabajo de los conductores.
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