Art. 7 · Descripción de las políticas para detectar y priorizar las principales incidencias adversas de las decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad

Art. 7

Descripción de las políticas para detectar y priorizar las principales incidencias adversas de las decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad

En vigor desde 6 abr 2022
Artículo 7 Descripción de las políticas para detectar y priorizar las principales incidencias adversas de las decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad 1.   En la sección «Descripción de las políticas para detectar y priorizar las principales incidencias adversas sobre los factores de sostenibilidad» del cuadro 1 del anexo I, los participantes en los mercados financieros describirán sus políticas para detectar y priorizar las principales incidencias adversas sobre los factores de sostenibilidad y cómo se mantienen actualizadas y se aplican dichas políticas, incluido todo lo siguiente: a) la fecha en que el órgano de gobierno del participante en los mercados financieros aprobó dichas políticas; b) el modo en que se asigna la responsabilidad de la aplicación de dichas políticas dentro de las estrategias y procedimientos organizativos; c) los métodos para seleccionar los indicadores mencionados en el artículo 6, apartado 1, letras a), b) y c), y para detectar y evaluar las principales incidencias adversas mencionadas en el artículo 6, apartado 1, y, en particular, una explicación del modo en que dichos métodos tienen en cuenta la probabilidad de que se produzcan dichas principales incidencias adversas y la gravedad de las mismas, incluido su carácter potencialmente irremediable; d) cualquier margen de error asociado con los métodos mencionadas en la letra c) del presente apartado, con una explicación de dicho margen; e) las fuentes de datos utilizadas. 2.   Cuando la información sobre alguno de los indicadores utilizados no esté disponible, los participantes en los mercados financieros incluirán en la sección «Descripción de las políticas para detectar y priorizar las principales incidencias adversas sobre los factores de sostenibilidad» del cuadro 1 del anexo I detalles de todos los esfuerzos realizados para obtener la información, ya sea de forma directa de las empresas en las que se invierte, o mediante la realización de investigaciones adicionales, cooperando con proveedores de datos terceros o expertos externos o estableciendo hipótesis razonables.
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