Art. 1 · Modificaciones del Reglamento Delegado (UE) 2021/2139

Art. 1

Modificaciones del Reglamento Delegado (UE) 2021/2139

En vigor desde 9 mar 2022
Artículo 1 Modificaciones del Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 El Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 se modifica como sigue: 1) Se inserta el artículo 2 bis siguiente: «Artículo 2 bis Revisión Al llevar a cabo la revisión a que se refiere el artículo 19, apartado 5, del Reglamento (UE) 2020/852, la Comisión también revisará y evaluará la necesidad de modificar las fechas mencionadas en el anexo I, sección 4.27, sección 4.28, sección 4.29, punto 1, letra b), sección 4.30, punto 1, letra b), y sección 4.31, punto 1, letra b). Toda revisión de la fecha mencionada en el punto 2 de las secciones 4.27 y 4.28 del anexo I tendrá en cuenta el progreso técnico en la comercialización de combustible tolerante a accidentes en la Unión y en todo el mundo.». 2) El anexo I se modifica de conformidad con el anexo I del presente Reglamento. 3) El anexo II se modifica de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.
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