Art. 1

Art. 1

En vigor desde 10 feb 2022
Artículo 1 El Reglamento (UE) n.o 649/2012 queda modificado como sigue: a) El anexo I se sustituye por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento. b) El anexo V se sustituye por el texto que figura en el anexo II del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2022:643:oj#art-1