Art. 1

Art. 1

En vigor desde 13 ene 2022
Artículo 1 En el artículo 13, apartado 5, se añade el párrafo siguiente: «Por lo que respecta a los motores de subcategorías de la categoría NRE cuya fecha obligatoria de aplicación establecida en el anexo III del Reglamento (UE) 2016/1628 para la introducción en el mercado de motores de la fase V sea el 1 de enero de 2020, salvo los motores a que se refiere el párrafo tercero, los Estados miembros autorizarán la extensión del período de 24 meses a que se hace referencia en los párrafos primero y segundo en 9 meses y la extensión del período de 18 meses a que se hace referencia en el párrafo segundo en 6 meses.».
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