Art. 1

Art. 1

En vigor desde 17 dic 2021
Artículo 1 El anexo del Reglamento (CEE) n.o 3649/92 queda modificado como sigue: 1) La casilla 14 del documento simplificado de acompañamiento se sustituye por el texto siguiente: «14 certificados (algunos vinos y bebidas espirituosas, pequeños productores independientes de bebidas alcohólicas)». 2) el punto 3 de la casilla 14 de la sección «2. Rúbricas» de las notas explicativas se sustituye por el texto siguiente: «3. Por lo que respecta a las bebidas alcohólicas elaboradas por pequeños productores independientes sujetos a la autocertificación, se añadirá la información pertinente de conformidad con el artículo 6 del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2266 de la Comisión (*1) cuando se prevea solicitar un tipo reducido del impuesto especial en el Estado miembro de destino. (*1)  Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2266 de la Comisión de 17 de diciembre de 2021 por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 92/83/CEE del Consejo respecto de la certificación y la autocertificación de los pequeños productores independientes de bebidas alcohólicas a efectos de los impuestos especiales (DO L [455], p. […])»;" 3) se suprime el punto 4 de la casilla 14 de la sección «2. Rúbricas» de las notas explicativas.
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