Art. 1
En vigor desde 14 dic 2021
Artículo 1
Se abre una investigación de conformidad con el artículo 13, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/1036 para determinar si las importaciones de los tejidos de rovings y/o de hilo de fibra de vidrio de filamento continuo, de punto y/o cosidos, con o sin otros elementos, excluidos los productos impregnados o preimpregnados y los tejidos de malla abierta con células de más de 1,8 mm de longitud y anchura y un peso superior a 35 g/m2, que están clasificados actualmente con los códigos NC ex 7019 39 00, ex 7019 40 00, ex 7019 59 00 y ex 7019 90 00 (códigos TARIC 7019390083, 7019400083, 7019590083 y 7019900083), procedentes de Turquía, hayan sido o no declarados originarios de Turquía, están eludiendo las medidas que se impusieron mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/492.
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