Art. 1

Art. 1

En vigor desde 10 dic 2021
Artículo 1 1.   Las plantas frescas de Wolffia arrhiza o de Wolffia globosa especificadas en el anexo del presente Reglamento se incluirán como alimento tradicional de un tercer país en la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados establecida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470. 2.   La entrada en la lista de la Unión a la que se hace referencia en el apartado 1 incluirá las condiciones de uso y las especificaciones que figuran en el anexo del presente Reglamento.
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