Art. 16 · Tipos de intervenciones en forma de pagos directos

Art. 16

Tipos de intervenciones en forma de pagos directos

En vigor desde 2 dic 2021
Artículo 16 Tipos de intervenciones en forma de pagos directos 1.   Los tipos de intervenciones contemplados en el presente capítulo podrán ser en forma de pagos directos disociados y asociados. 2.   Los pagos directos disociados serán los siguientes: a) la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad; b) la ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad; c) la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores; d) los regímenes en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal. 3.   Los pagos directos asociados serán los siguientes: a) ayuda a la renta asociada; b) pago específico al cultivo del algodón.
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