Art. 122 · Competencias delegadas relativas a las modificaciones de los planes estratégicos de la PAC

Art. 122

Competencias delegadas relativas a las modificaciones de los planes estratégicos de la PAC

En vigor desde 2 dic 2021
Artículo 122 Competencias delegadas relativas a las modificaciones de los planes estratégicos de la PAC La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 152 por los que se complemente el presente capítulo en lo que se refiere a: a) los procedimientos y plazos de presentación de solicitudes de modificación de los planes estratégicos de la PAC; b) la determinación de los casos adicionales en los que no se aplica el número máximo de modificaciones contemplado en el artículo 119, apartado 7.
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