Art. 117
Competencias de ejecución del contenido del plan estratégico de la PAC
En vigor desde 2 dic 2021
Artículo 117
Competencias de ejecución del contenido del plan estratégico de la PAC
La Comisión podrá adoptar actos de ejecución que establezcan normas para la presentación de los elementos descritos en los artículos 108 a 115 en los planes estratégicos de la PAC. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 153, apartado 2.
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