Art. 1
En vigor desde 26 nov 2021
Artículo 1
1. Se autoriza como aditivo para piensos en la alimentación animal la sustancia monoclorhidrato de L-histidina monohidrato producido por fermentación con Escherichia coli NITE SD 00268 que se especifica en el anexo, perteneciente a la categoría de los «aditivos nutricionales» y al grupo funcional de los «aminoácidos, sus sales y análogos», en las condiciones establecidas en dicho anexo.
2. Se autoriza la sustancia monoclorhidrato de L-histidina monohidrato producido por fermentación con Escherichia coli NITE SD 00268 que se especifica en el anexo, perteneciente a la categoría de los «aditivos organolépticos» y al grupo funcional de los «aromatizantes», en las condiciones establecidas en dicho anexo.
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