Art. 75
Miembros
En vigor desde 19 nov 2021
Artículo 75
Miembros
Serán miembros de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio:
a)
la Unión, representada por la Comisión;
b)
la Hydrogen Europe AISBL, una organización sin ánimo de lucro registrada con arreglo al Derecho belga («la Agrupación Industrial») previa notificación de su decisión de adherirse a la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio mediante una carta de compromiso, que no contendrá condiciones relativas a su adhesión distintas de aquellas que figuran en el presente Reglamento;
c)
la Hydrogen Europe Research AISBL, una organización sin ánimo de lucro registrada con arreglo al Derecho belga («la Agrupación de Investigación»), previa notificación de su decisión de adherirse a la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio mediante una carta de compromiso, que no contendrá condiciones relativas a su adhesión distintas de aquellas que figuran en el presente Reglamento.
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