Art. 162
Contribución financiera de la Unión
En vigor desde 19 nov 2021
Artículo 162
Contribución financiera de la Unión
La contribución financiera de la Unión a la Empresa Común para las Redes y los Servicios Inteligentes, incluidos los créditos del EEE, para cubrir los costes administrativos y los costes de explotación será de hasta 900 000 000 EUR, incluidos hasta 18 519 000 EUR para costes administrativos.
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