Art. 135 · Composición del Consejo de Autoridades Públicas

Art. 135

Composición del Consejo de Autoridades Públicas

En vigor desde 19 nov 2021
Artículo 135 Composición del Consejo de Autoridades Públicas El Consejo de Autoridades Públicas estará compuesto por representantes de las autoridades públicas de la Empresa Común para las Tecnologías Digitales Clave. Cada autoridad pública nombrará a sus representantes y a un delegado principal que poseerá los derechos de voto en el Consejo de Autoridades Públicas.
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