Art. 135
Composición del Consejo de Autoridades Públicas
En vigor desde 19 nov 2021
Artículo 135
Composición del Consejo de Autoridades Públicas
El Consejo de Autoridades Públicas estará compuesto por representantes de las autoridades públicas de la Empresa Común para las Tecnologías Digitales Clave.
Cada autoridad pública nombrará a sus representantes y a un delegado principal que poseerá los derechos de voto en el Consejo de Autoridades Públicas.
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