Art. 128 · Contribución financiera de la Unión

Art. 128

Contribución financiera de la Unión

En vigor desde 19 nov 2021
Artículo 128 Contribución financiera de la Unión La contribución financiera de la Unión a la Empresa Común para las Tecnologías Digitales Clave, incluidos los créditos del EEE, para cubrir los costes administrativos y de explotación será de hasta 1 800 000 000 EUR, incluidos hasta 26 331 000 EUR para costes administrativos.
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