Art. 1

Art. 1

En vigor desde 17 nov 2021
Artículo 1 1.   Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de productos planos de acero inoxidable, simplemente laminados en frío, en la actualidad clasificados en los códigos NC 7219 31 00, 7219 32 10, 7219 32 90, 7219 33 10, 7219 33 90, 7219 34 10, 7219 34 90, 7219 35 10, 7219 35 90, 7219 90 20, 7219 90 80, 7220 20 21, 7220 20 29, 7220 20 41, 7220 20 49, 7220 20 81, 7220 20 89, 7220 90 20 y 7220 90 80, originarios de la India e Indonesia. 2.   Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes: País Empresa Derecho antidumping definitivo Código TARIC adicional India Jindal Stainless Limited 13,9  % C654 Jindal Stainless Hisar Limited 13,9  % C655 Chromeni Steels Private Limited 35,3  % C656 Todas las demás empresas indias 35,3  % C999 Indonesia IRNC 10,2  % C657 Jindal Stainless Indonesia 20,2  % C658 Todas las demás empresas indonesias 20,2  % C999 3.   La aplicación de los tipos del derecho individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «La persona abajo firmante certifica que el (volumen) de (producto afectado) vendido para su exportación a la Unión Europea consignado en esta factura ha sido fabricado por (nombre y dirección de la empresa) (Código TARIC adicional) en (país afectado). Declara asimismo que la información que figura en esta factura es completa y correcta». Si no se presenta esta factura, se aplicará el derecho aplicable a las demás empresas. 4.   Salvo que se especifique otra cosa, serán aplicables las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
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