Art. 1
Modelo de formulario normalizado
En vigor desde 8 nov 2021
Artículo 1
El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/723 se modifica como sigue:
1)
El artículo 2 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 2
Modelo de formulario normalizado
Los Estados miembros presentarán la información y los datos a que se refiere el artículo 113, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/625 utilizando el modelo de formulario normalizado que figura en el anexo del presente Reglamento. Lo harán utilizando la versión electrónica del modelo de formulario normalizado que se encuentra en el sistema informatizado de gestión de la información sobre los controles oficiales (SGICO). Sin embargo, para la información y los datos sobre la producción ecológica y el etiquetado de los productos ecológicos contemplados en la sección 9 de la parte II de dicho formulario, se utilizará el sistema de información sobre agricultura ecológica (OFIS).
Posteriormente, los Estados miembros deberán confirmar en la versión electrónica del modelo de formulario normalizado en el SGICO que la sección 9 de la parte II de dicho formulario se ha presentado en OFIS.».
2)
En el anexo, la sección 9 del modelo de formulario normalizado se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2021:1935:oj#art-1