Art. 1
Modelo de certificado zoosanitario-oficial para la entrada en la Unión de productos de origen animal y determinadas mercancías que sean originarios de la Unión, se desplacen a un tercer país o territorio y vuelvan a desplazarse a la Unión tras su descarga, almacenamiento y nueva carga en ese tercer país o territorio
En vigor desde 10 sept 2021
Artículo 1
El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2235 se modifica como sigue:
1)
Entre el artículo 30 y el artículo 31 se introduce el artículo 30 bis siguiente:
«Artículo 30 bis
Modelo de certificado zoosanitario-oficial para la entrada en la Unión de productos de origen animal y determinadas mercancías que sean originarios de la Unión, se desplacen a un tercer país o territorio y vuelvan a desplazarse a la Unión tras su descarga, almacenamiento y nueva carga en ese tercer país o territorio
El certificado zoosanitario-oficial contemplado en el artículo 1, apartado 3, letra b), inciso i), que vaya a utilizarse para la entrada en la Unión de productos de origen animal y determinadas mercancías que sean originarios de la Unión, se desplacen a un tercer país o territorio y vuelvan a desplazarse a la Unión tras su descarga, almacenamiento y nueva carga en ese tercer país o territorio deberá ajustarse al modelo STORAGE-TC-PAO establecido en el capítulo 53 del anexo III.».
2)
El anexo III se modifica de conformidad con el anexo I del presente Reglamento.
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