Art. 2
Definiciones
En vigor desde 25 ago 2021
Artículo 2
Definiciones
A efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
a)
«subzonas geográficas de la CGPM» («SZG»): las subzonas geográficas de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo (CGPM), tal como se definen en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 1343/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (5);
b)
«mar Mediterráneo occidental»: las subzonas geográficas 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11.1, 11.2 y 12 de la CGPM.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2021:2066:oj#art-2