Art. 2
Lista de autoridades de control y organismos de control reconocidos
En vigor desde 19 ago 2021
Artículo 2
Lista de autoridades de control y organismos de control reconocidos
1. En el anexo II del presente Reglamento figura la lista de autoridades y organismos de control reconocidos de conformidad con el artículo 46, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/848. La lista contendrá la siguiente información sobre cada autoridad de control u organismo de control reconocido:
a)
el nombre y el código numérico de la autoridad de control u organismo de control;
b)
las categorías de productos, según se establecen en el artículo 35, apartado 7, del Reglamento (UE) 2018/848, para cada tercer país;
c)
los terceros países en los que las categorías de productos tengan su origen, siempre que dichos terceros países no estén ya amparados, para la categoría de productos o el producto de que se trate, por un acuerdo sobre el comercio de productos ecológicos de conformidad con el artículo 47 del Reglamento (UE) 2018/848, o por un reconocimiento de equivalencia de conformidad con el artículo 48 de dicho Reglamento;
d)
la duración del reconocimiento; y
e)
las excepciones al reconocimiento, cuando proceda.
2. La información relativa a la dirección postal, la dirección del sitio web y el punto de contacto por correo electrónico de la autoridad u organismo de control, así como el nombre del organismo de acreditación que concede la acreditación, de conformidad con el artículo 46, apartado 2, letra d), del Reglamento (UE) 2018/848, quedará a disposición del público a través del sitio web sobre agricultura ecológica de la Comisión.
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