Art. 1

Art. 1

En vigor desde 19 ago 2021
Artículo 1 1.   En la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados, establecida en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2015/2283 e incluida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470, la entrada correspondiente al nuevo alimento «oleorresina rica en astaxantina del alga Haematococcus pluvialis» se modifica como se especifica en el anexo del presente Reglamento. 2.   La entrada en la lista de la Unión a la que se hace referencia en el apartado 1 incluirá las condiciones de uso y los requisitos de etiquetado que se establecen en el anexo del presente Reglamento.
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