Art. 2
Miembro compensador
En vigor desde 6 ago 2021
Artículo 2
Miembro compensador
Las empresas de servicios de inversión que sean miembros compensadores y ofrezcan servicios de compensación a otras entidades del sector financiero que no sean ellas mismas miembros compensadores serán tenidas en cuenta a efectos de lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, letra b), de la Directiva (UE) 2019/2034.
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