Art. 3
Prueba del umbral de minimis
En vigor desde 14 jul 2021
Artículo 3
Prueba del umbral de minimis
1. La exposición nocional neta pendiente a que se refiere el artículo 2, apartado 1, letra a), se calculará promediando los valores nocionales netos pendientes a final de mes agregados correspondientes a los 12 meses anteriores y resultantes de todos los contratos de derivados sobre materias primas con liquidación en efectivo o de derechos de emisión o derivados de estos con liquidación en efectivo suscritos en la Unión por una persona perteneciente a un grupo.
Los valores nocionales netos pendientes a que se refiere el párrafo primero se calcularán sobre la base de todos los contratos de derivados sobre materias primas con liquidación en efectivo o de derechos de emisión o derivados de estos con liquidación en efectivo que no se negocien en un centro de negociación y en los que sea parte cualquier persona situada en la Unión, durante el período contable anual pertinente a que se refiere el artículo 6, apartado 2.
Los contratos de derivados sobre materias primas o derivados sobre derechos de emisión con liquidación en efectivo a que se refieren los párrafos primero y segundo incluirán todos los contratos de derivados relacionados con materias primas o derechos de emisión que deban liquidarse en efectivo o que puedan liquidarse en efectivo a elección de una de las partes, por motivos distintos del incumplimiento u otro suceso que lleve a la rescisión del contrato.
2. En la agregación mencionada en el apartado 1 no se incluirán las posiciones en contratos resultantes de las operaciones a que se refiere el artículo 2, apartado 4, párrafo cuarto, letras a), b) y c), de la Directiva 2014/65/UE ni en contratos en los que la persona del grupo que sea parte en ellos esté autorizada con arreglo a la Directiva 2014/65/UE o a la Directiva 2013/36/UE.
3. Los valores nocionales netos pendientes a que se refiere el apartado 1 se determinarán con arreglo al método de compensación del artículo 5, apartado 2.
4. Los valores resultantes de la agregación a que se hace referencia en el presente artículo se expresarán en euros.
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