Art. 6 · Autoridades de control

Art. 6

Autoridades de control

En vigor desde 14 jul 2021
Artículo 6 Autoridades de control Las autoridades de control designadas de conformidad con el capítulo VI, sección 1, del Reglamento (UE) 2016/679 controlarán el tratamiento comprendido en el ámbito de aplicación del presente Reglamento con arreglo a las competencias y poderes que le atribuye dicho capítulo.
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