Art. 1
Objeto
En vigor desde 7 jul 2021
Artículo 1
Objeto
1. El presente Reglamento establece el Fondo de Seguridad Interior (en lo sucesivo, «Fondo») para el período de vigencia del marco financiero plurianual 2021-2027.
2. El presente Reglamento establece:
a)
el objetivo político del Fondo;
b)
los objetivos específicos del Fondo y las medidas para aplicar dichos objetivos específicos;
c)
el presupuesto para el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2027;
d)
las formas de financiación de la Unión y las normas para la concesión de dicha financiación.
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