Art. 3
Divulgaciones de información por gestores de activos
En vigor desde 6 jul 2021
Artículo 3
Divulgaciones de información por gestores de activos
1. Los gestores de activos divulgarán la información a que se refiere el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (UE) 2020/852, tal como se especifica en los anexos III y XI del presente Reglamento.
2. La información a que se refiere el apartado 1 será presentada en forma de tablas utilizando las plantillas del anexo IV del presente Reglamento.
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