Art. 63 · Procedimiento de comité

Art. 63

Procedimiento de comité

En vigor desde 24 jun 2021
Artículo 63 Procedimiento de comité 1.   La Comisión estará asistida por el comité establecido en virtud del artículo 115, apartado 1, del Reglamento 2021/1060. Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) n.o 182/2011. 2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicará el artículo 4 del Reglamento (UE) n.o 182/2011.
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