Art. 50 · Compromisos presupuestarios

Art. 50

Compromisos presupuestarios

En vigor desde 24 jun 2021
Artículo 50 Compromisos presupuestarios Las decisiones de la Comisión por las que se aprueben los programas Interreg con arreglo al artículo 18 del presente Reglamento cumplirán los requisitos necesarios para constituir decisiones de financiación en el sentido del artículo 110, apartado 2, del Reglamento Financiero en lo que respecta al FEDER y a las ayudas de un instrumento de financiación exterior de la Unión en régimen de gestión compartida.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2021:1059:oj#art-50