Art. 42
Entrada en vigor
En vigor desde 24 jun 2021
Artículo 42
Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de enero de 2021 en lo que respecta al capítulo del EaSI.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2021:1057:oj#art-42