Art. 3
Entrada en vigor
En vigor desde 22 jun 2021
Artículo 3
Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 28 de junio de 2021.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2021:1018:oj#art-3