Art. 18 · Objetivos específicos para el ámbito de la Vecindad

Art. 18

Objetivos específicos para el ámbito de la Vecindad

En vigor desde 9 jun 2021
Artículo 18 Objetivos específicos para el ámbito de la Vecindad De conformidad con los artículos 3 y 4, los objetivos específicos de la ayuda que preste la Unión en el ámbito de la Vecindad en virtud del Instrumento son: a) fomentar la mejora de la cooperación política y reforzar y consolidar una democracia sólida y sostenible, la estabilidad, la buena gobernanza, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos. b) respaldar la ejecución de los acuerdos de asociación o de otros acuerdos vigentes o futuros, y de los programas de asociación y las prioridades de colaboración o documentos equivalentes acordados conjuntamente, en particular mediante la cooperación institucional y el desarrollo de capacidades. c) promover una asociación consolidada con las sociedades entre la Unión y los países socios y entre los países socios, en especial mediante contactos interpersonales, y una variedad de actividades centradas específicamente en la juventud. d) reforzar la cooperación regional y transfronteriza, en particular en el marco de la Asociación Oriental, la Unión por el Mediterráneo y la colaboración a escala de toda la vecindad europea, así como la cooperación regional en el mar Negro, la cooperación en el Ártico y la dimensión septentrional, especialmente en los ámbitos de la energía y la seguridad. e) lograr la integración progresiva en el mercado interior de la Unión y una mayor cooperación sectorial e intersectorial, en particular a través de la aproximación legislativa y la convergencia reguladora hacia las reglas de la Unión y otras reglas y normas internacionales pertinentes, y un acceso mejorado al mercado que incluya zonas de libre comercio amplias y globales, la consolidación institucional y las inversiones conexas. f) reforzar las asociaciones en materia de migración y movilidad bien gestionadas y seguras y, cuando proceda y siempre que se den las condiciones para una movilidad bien gestionada y segura, apoyar la ejecución de los regímenes de exención de visado existentes, en consonancia con el mecanismo revisado de suspensión de visados, los diálogos sobre liberalización de visados, los acuerdos bilaterales o regionales y los acuerdos con terceros países, en particular las asociaciones de movilidad. g) desarrollar la confianza y otras medidas que contribuyan a la seguridad y a la prevención y solución de conflictos, en particular a la ayuda a la población afectada y a la reconstrucción.
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