Art. 1

Art. 1

En vigor desde 31 may 2021
Artículo 1 El presente Reglamento desarrolla el artículo 61, apartado 1, y el artículo 62, apartado 4, letra e), y apartado 5, letra a), del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 con respecto a las solicitudes de autorización y a los informes de revisión para cualquiera de los usos que figuran a continuación de una sustancia, como tal o en forma de mezcla, enumerada en el anexo XIV de dicho Reglamento: a) la producción de piezas de recambio como artículos o productos complejos para la reparación de artículos o de productos complejos cuya producción haya cesado o habrá cesado antes de la fecha de expiración de la sustancia en cuestión especificada en el anexo XIV, cuando dicha sustancia se haya utilizado en la producción de dichos artículos o productos complejos y estos no puedan funcionar como estaba previsto sin dicha pieza de recambio y la pieza de recambio no pueda producirse sin esa sustancia («producción de piezas de recambio originales»); b) la reparación de artículos o de productos complejos cuya producción haya cesado o habrá cesado antes de la fecha de expiración de la sustancia en cuestión especificada en el anexo XIV, cuando dicha sustancia se haya utilizado en la producción de dichos artículos o productos complejos y estos solo puedan repararse utilizando dicha sustancia («reparación de artículos o de productos complejos que han dejado de producirse»).
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