Art. 1
En vigor desde 28 may 2021
Artículo 1
La Unión suspende la aplicación de derechos ad valorem adicionales de un tipo del 10 %, del 25 %, del 35 % y del 50 % a las importaciones de los productos enumerados en el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/886 hasta el 30 de noviembre de 2021 inclusive.
Los derechos establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/886 se aplicarán, por tanto, con efectos a partir del 1 de diciembre de 2021 inclusive.
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