Art. 31 · Procedimiento del comité

Art. 31

Procedimiento del comité

En vigor desde 20 may 2021
Artículo 31 Procedimiento del comité 1.   La Comisión estará asistida por un comité. Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) n.o 182/2011. 2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, será de aplicación el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 182/2011.
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