Art. 11
Miembros y estructura
En vigor desde 20 may 2021
Artículo 11
Miembros y estructura
1. Los miembros del Centro de Competencia serán la Unión, representada por la Comisión, y los Estados miembros.
2. La estructura del Centro de Competencia garantizará la consecución de los objetivos que figuran en el artículo 4 y las funciones que figuran en el artículo 5, y comprenderá lo siguiente:
a)
un Consejo de Administración;
b)
un director ejecutivo;
c)
un Grupo Consultivo Estratégico.
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