Art. 2 · Objetivos del programa

Art. 2

Objetivos del programa

En vigor desde 20 may 2021
Artículo 2 Objetivos del programa 1.   El objetivo general del programa Pericles IV será prevenir y combatir la falsificación y los fraudes relacionados con la misma, y preservar la integridad de los billetes y monedas en euros, reforzando así la confianza de los ciudadanos y de las empresas en la autenticidad de los billetes y las monedas y, por tanto, potenciando la confianza en la economía de la Unión, al tiempo que se garantiza la sostenibilidad de las finanzas públicas. 2.   El objetivo específico del programa Pericles IV será proteger los billetes y monedas en euros contra la falsificación y los fraudes relacionados con ella, apoyando y complementando las medidas tomadas por los Estados miembros y ayudando a las autoridades nacionales y europeas competentes en sus esfuerzos encaminados a desarrollar entre ellas y con la Comisión una cooperación estrecha y regular, así como un intercambio de las mejores prácticas, incluyendo, cuando proceda, a terceros países y organizaciones internacionales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2021:840:oj#art-2