Art. 1
Objeto
En vigor desde 12 may 2021
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2019/787 en lo que respecta a las indicaciones geográficas de las bebidas espirituosas y, en particular, a:
a)
las solicitudes de registro;
b)
el procedimiento de oposición;
c)
las modificaciones del pliego de condiciones;
d)
la anulación del registro;
e)
el uso de los símbolos de la Unión;
f)
los controles;
g)
las comunicaciones.
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