Art. 2 · Criterios relativos al índice de referencia o a la familia de índices de referencia

Art. 2

Criterios relativos al índice de referencia o a la familia de índices de referencia

En vigor desde 6 may 2021
Artículo 2 Criterios relativos al índice de referencia o a la familia de índices de referencia Las autoridades competentes podrán requerir cambios en la declaración de cumplimiento a que se refiere el artículo 26, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/1011 cuando consideren que en dicha declaración no consta claramente el motivo por el que el administrador del que se trate no debe cumplir uno o más de los requisitos a los que se refiere el artículo 26, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/1011 y, más en particular, cuando haya falta de claridad sobre: a) el nivel de control sobre el suministro de los datos de cálculo y el hecho de que, teniendo en cuenta la naturaleza de los datos de cálculo, ese nivel de control sea suficiente para garantizar la exactitud, la integridad y la fiabilidad de dichos datos; b) la transparencia de los procedimientos de consulta sobre cualquier cambio sustancial en la metodología del índice de referencia no significativo, teniendo en cuenta la complejidad de esa metodología y la naturaleza de los datos de cálculo utilizados; c) el proceso para la denuncia de los casos de manipulación o intento de manipulación del índice de referencia no significativo, en particular en lo que atañe al seguimiento de los datos de cálculo y los contribuidores; d) en los casos en que el índice de referencia no significativo se base en datos de cálculo de contribuidores, el código de conducta y el hecho de que, teniendo en cuenta la naturaleza de los datos de cálculo, incluya garantías para la integridad de los datos de cálculo utilizados; e) la capacidad del administrador para revisar su observancia de la metodología del índice de referencia no significativo y del Reglamento (UE) 2016/1011 y para informar sobre ello; f) cuando aporte datos de cálculo un contribuidor supervisado, el hecho de que se apliquen controles adecuados que garanticen la exactitud, la integridad y la fiabilidad de los datos de cálculo.
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